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  • Writer: Orlando Gomez
    Orlando Gomez
  • Jun 12
  • 2 min read

El proyecto de ley propuesto por el Senador Rafael Barón Duluc que busca convertir al distrito municipal de Verón-Punta Cana en un municipio, separándose del municipio de Higüey, ha generado un interesante debate sobre el recurrente tema de la atomización territorial de nuestro país. De las docenas de municipios creados en las últimas 2 décadas los argumentos a favor de elevar a condición de municipio a Verón-Punta Cana son, por mucho, los más legítimos y persuasivos. Eso dicho entiendo que es justo Verón-Punta Cana el mejor ejemplo para explicar por que la creación de más municipios es negativo y porque mantenerlo bajo el Municipio de Higüey debe ser usado como ejemplo para eliminar muchos de los municipios que existen hoy en día.


Verón-Punta Cana viene experimentado un crecimiento poblacional vertiginoso que solo es superado por su crecimiento económico, que hoy le pone como la 3ra ciudad más económicamente importante del país. Pero Verón-Punta Cana al momento de escribirse este artículo no es exactamente una ciudad, en el mejor de los casos puede describirse como una metrópolis en construcción.


Esa condición de proyecto en desarrollo está en el centro de la justificación para argumentar a favor de elevarle a categoría de municipio. Tiene una población fija significativa y en crecimiento, la actividad económica es vibrante y genera muchos recursos para su gobierno local, necesita muchas inversiones en infraestructura para sostener su adecuado crecimiento y viene forjando una identidad propia bien demarcada del resto del municipio de Higüey y la provincia de La Altagracia


Todo lo anterior deriva de su esencia como foco regional del turismo, y es esa dependencia en el turismo la mejor razón por la cual no hacerla un municipio. El futuro social y económico de Verón-Punta Cana está atado al turismo, y mientras los tiempos sean buenos esta podrá sostenerse por si sola, no así cuando lleguen los tiempos malos donde su estatus de municipio le serviría de poco.  


Si Verón-Punta Cana desea seguir creciendo de manera sostenible esta debe empezar un proceso agresivo de diversificación de su economía, pero para esto probablemente va a requerir de los espacios y recursos de distritos municipales como La Otra Banda y las Lagunas de Nisibón donde pueda crear una base comercial, industrial o agrícola que le permita mantener a su incipiente metrópolis funcionando, aún si el turismo se viera a la baja.  


Hacer el municipio Verón-Punta Cana crearía un incentivo a destinar todos los recursos generados por esa demarcación para atender las necesidades de la economía que tiene hoy sin reparo para lo que esta va a necesitar mañana, si forjar una ciudad vibrante y sostenible es su destino. Ese futuro va intrínsecamente de la mano a lo que depare para el resto de lo que hoy es el municipio de Higüey. Sería perfectamente razonable mover la cabecera del ayuntamiento para que resida en Verón-Punta Cana, y hasta cambiarle el nombre al municipio, la fragmentación, en cambio, podría resultar en un gravísimo error.

Y si todo lo anterior podemos decirlo de Verón-Punta Cana, más podemos decir de todos y cada uno de los municipios que nos hemos creado en más de dos décadas, necesitamos más concentración para llevarnos hacia provincias más exitosas y sostenibles. 


  • Writer: Orlando Gomez
    Orlando Gomez
  • Jun 12
  • 2 min read

Hace 10 años en la República Dominicana se promulgó una ley de reestructuración y liquidación de empresas y personas físicas comerciantes con el propósito de permitir que estas personas y negocios tengan una vía para organizar su situación financiera y evitar su cierre. Si bien el éxito de esta ha sido limitado, entiendo oportuno aprovechar las lecciones aprendidas de esa ley y hacer una ley concursal para las personas físicas para que todos los ciudadanos, más allá de las empresas y comerciantes, tengan acceso a una segunda oportunidad. 

    

Por múltiples razones, las cuales no tendría el espacio para abordar en su totalidad, en nuestro país el acceso al crédito para las personas es notoriamente limitado. Uno de los factores más preponderante en esas limitaciones es el daño crediticio provocado por situaciones puntuales que llevaron a muchas personas a no poder pagar créditos formales que tomaron en el curso ordinario de sus vidas.


Una situación de salud personal o familiar, un accidente, una reparación urgente de la casa, la pérdida del empleo, entre otras múltiples razones llevan a que miles de personas caigan en una espiral de deuda de la cual no pueden recuperarse, quedando sujetos a la persecución legal constante de sus acreedores que a su vez les obliga a asumir una pérdida drástica en su calidad de vida. Hoy en día muchos de ellos dependen del crédito informal o de la asistencia económica del Estado o de terceros para poder sobrevivir sin perspectivas reales de una mejora en el mediano o largo plazo, es por ello que el Estado debería permitirles una alternativa realista de recuperación. 


Una ley concursal para personas físicas o una ley de segunda oportunidad como le llaman en España pudiera ser esa alternativa. Bajo dicha ley las personas físicas atrapadas en un espiral de deudas que no pueden pagar tendría una alternativa legal para reestructurar o exonerar esas deudas, recuperar su acceso al crédito y tener una segunda oportunidad para normalizar sus vidas. 


Por supuesto, el acceso a los derechos otorgados por esta ley deben venir con sus costos para el deudor liberado para proteger los derechos de los acreedores pre-existentes y futuros, y su uso debe ser limitado en el tiempo. La ley, al igual que la que ya tenemos para empresas y comerciantes, debe extender protecciones razonables tanto para los derechos del deudor como los acreedores, y permitir una resolución ordenada de la situación.  


La idea de un proceso concursal para las personas físicas no es particularmente novedosa, la misma existe en la mayoría de los países de la OECD y en nuestros vecinos de Latinoamérica, por lo que marco teórico y práctico existe. Es extraño que después de 10 años de haberlo diseñado para empresas y comerciantes aún no se haya articulado una alternativa legal similar para las personas físicas, especialmente por el impacto significativamente positivo que esto tendría en miles de personas en nuestro país. 


Eso dicho, el mejor tiempo para iniciar los trabajos para hacer de una ley de segunda oportunidad una realidad en República Dominicana es hoy, solo nos cuesta poner manos a la obra. 


  • Writer: Orlando Gomez
    Orlando Gomez
  • Jun 12
  • 2 min read

Mi estimado profesor, Eduardo Jorge Pratts, presumo que inspirado por Thomas Hobbes, siempre se ha referido al Estado como el Leviatán, y al robustecimiento del Derecho Administrativo como el esfuerzo de domar a ese Leviatán. Hoy tengo el atrevimiento de sustituir al Leviatán de mi profesor, por el Kaiju regulatorio que viene pisoteando la capacidad de acción no solo de los negocios y mercados, sino del mismo Estado. 


La República Dominicana empezó a dar forma su cuerpo regulatorio a partir de la década de los 90s, y desde entonces se han venido acumulando normas sobre normas, reglamentos, decretos, leyes, resoluciones, y la fábrica regulatoria sigue y sigue como un Kaiju, palabra japonesa para referirse a los monstruos que cuentan sus leyendas, concentrado en sus batallas sin ningún tipo de consideración por la ciudad que viene pisoteando y destruyendo en el camino.


En artículos anteriores ya he comentado sobre como el Estado se ha venido autorregulando en una camisa de once varas que le dificulta ejecutar sus objetivos sociales y políticos y como ha venido disminuyendo su capacidad estatal para actuar. El ejemplo más reciente ha sido la declaratoria de emergencia sobre la recogida de desechos sólidos en el Distrito Nacional, no voy a hacer juicio sobre la medida y la ejecución legal de la misma, ya que lo que debería llamarnos la atención es que el Estado se viera en la necesidad de tener que acudir a la figura de la declaratoria de emergencia para poder mantener la continuidad de un servicio que ha hasta ahora había venido dando con normalidad. 


Pero si esto lo hemos venido legislando sobre el Estado, la tragedia que recae sobre el sector privado es aún mayor, donde no solo debe este debe dar frente a cada destello de creatividad legislativa sino que debe navegar las peligrosas aguas donde vive el Kaiju administrativo. El Kaiju regulador administrativo es un archipiélago donde cada isla define sus prioridades normativas sin ninguna consideración a lo que vienen haciendo sus islas vecinas. Esto resulta en un costo cada vez más elevado de cumplimiento normativo, una implementación errática o duplicada de procesos, una afectación severa de la seguridad jurídica y una dificultad cada vez mayor de complacer reguladores más obsesionados en como se hacen las casos y como se agotan los procedimiento que a los objetivos de una buena regulación.


Esta cultura regulatoria ha venido tomando forma por más de 30 años, por lo que no es, ni debe ser vista como un problema político, el Kaiju ni nació ayer ni va a desaparecer mañana. Pero después de todo este tiempo quizás ya debemos empezar a reconsiderar la marcha que hemos ido llevando, tratar de dar dos pasos hacia atrás antes de dar uno hacia adelante, orientarnos más en el objetivo regulatorio que en las formas, apuntar a leyes y normas razonables, atrevernos a visualizar el mapa de procesos que hemos venido construyendo y cortando lo innecesario y lo redundante, reducir los costos de cumplimiento regulatorio y hacerle la vida un poco más fácil no solo al sector privado, sino al mismo Estado que debe tener el derecho a poder dar más a sus ciudadanos que montones de papeles, años de procedimiento y pocos resultados. Es tiempo de calmar un poco el Kaiju regulatorio.    


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