- Orlando Gomez
- 10 hours ago
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En el derecho societario de la República Dominicana la responsabilidad limitada es la reina suprema del motor de decisiones detrás de la creación de nuestras empresas. De las pocas estadísticas públicamente disponibles de la Cámara de Comercio de Santo Domingo esta anualmente revela la cantidad de empresas constituidas en el año anterior, y en esa limitada información detallan como los vehículos societarios que incluyen la responsabilidad limitada, tales como la empresas individuales de responsabilidad limitada (E.I.R.L.) y las sociedades de responsabilidad limitada (S.R.L.) representan la abrumadora mayoría, seguidas bien distantes por las sociedades anónimas simplificadas (S.A.S.) y la sociedades anónimas (S.A.), que también otorgan responsabilidad limitada. En nuestro país, las sociedades personalistas, cuya responsabilidad es ilimitada, simplemente no existen.
Esto es llamativo porque en otros países, contrario al nuestro, las sociedades con responsabilidad ilimitada son la abrumadora mayoría. Esto es así porque este tipo de sociedades suele requerir menos “mantenimiento” legal (ej: los gerentes pueden ser designados por tiempo indefinido) y tributario (ej: la empresa no tiene por qué declarar algunos impuestos), y es más compatible a la realidad de la mayoría de los negocios.
Pero en nuestros dos tercios de isla de las maravillas esto virtualmente no existe. Una mezcla de la práctica de los abogados que sobrevenden las virtudes de la responsabilidad limitada y los peligros de la responsabilidad ilimitada, más las Cámaras de Comercio que incluyen requisitos sobre ese tipo de sociedades que no son exigidos por la ley y una Dirección General de Impuestos Internos que simplemente no entiende el tratamiento de estas sociedades porque, siendo justos, rara vez la ha visto en la práctica, hace de la existencia práctica de estas sociedades algo comparable a los unicornios.
¿Qué significa esto en la práctica? Pues una República Dominicana llena de S.R.L.s y E.I.R.L.s que no son objeto de crédito, que se ven forzadas a usar a los socios que las componen como garantes solidarios (efectivamente derrotando el objetivo de la famosa responsabilidad limitada), quienes a su vez deben constantemente sacar capital de sus propios bolsillos para mantener el negocio a flote sin poder percibir beneficio o alivio tributario por ese esfuerzo. En efecto, la práctica legal “corporativa” y tributaria dominicana ha logrado ponernos en el peor de todos los escenarios.
No creo poder enfatizar con mayor urgencia la importancia de este como uno de los factores en la alta informalidad de nuestra economía, pero con honestidad es quizás uno de los más fáciles de atacar a base de entrenamiento. Tenemos la figura de la sociedad en nombre colectivo, las en comandita simples y por acciones, por lo que ya tenemos las leyes en los libros, es solo llevarnos a todos a una reconsideración colectiva sobre todo aquello que venimos tomando por sentado desde nuestras universidades. El Derecho no supone ser una fábrica de martillos que luego usamos como soluciones únicas a todos los problemas que vemos como clavos, debemos ser más cuidadosos y luchar para que las cosas funcionen acorde a las necesidades prácticas de la ciudadanía para evitarnos caer en errores de esta naturaleza que resultan de que todos hagamos lo mismo porque “así siempre ha sido”.
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