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  • Writer: Orlando Gomez
    Orlando Gomez
  • Jan 18, 2023
  • 2 min read

En la actualidad en nuestro país el alcohol, el tabaco, las telecomunicaciones, los seguros y los cheques y transferencias electrónicas están sujetos al llamado Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), el cual pretendo atender en estos siguientes artículos. Los combustibles también tienen dos impuestos de similar naturaleza a este, pero ameritan ser abordados aparte. En esta ocasión me enfoco en proponer el aumento del ISC al alcohol y el tabaco, así como la inclusión de otros bienes y servicios, para luego tratar la eliminación de este impuesto sobre las telecomunicaciones, los seguros y los cheques y transferencias.


Los productos del alcohol pagan un 10% por concepto de ISC aplicado sobre el Precio Sugerido de Venta al Público, mientras que el tabaco paga un 20%, para el año 2021 estos impuestos recaudaron para el Estado dominicano $39,822 millones y $3,743 millones respectivamente. Mi propuesta es elevar el ISC del alcohol a 20% y el del tabaco a 50%.


Claramente esto representaría un reto de cara a la proliferación del contrabando y las ventas ilegales del alcohol y tabaco, pero a largo plazo esto tenderá a reducirse y es apropiado que el Estado, que ya asume costos de salud pública importantes derivados del consumo de ambos, recupere del consumo de estos los fondos suficientes como para mitigar el impacto de esos costos y algo adicional para sus inversiones de corto y largo plazo en la sociedad.


Más aún, el ISC que hoy se aplica al tabaco debería ser extendido a los cigarrillos electrónicos, “vapes”, hookahs y accesorios de estos, sin limitarse únicamente al tabaco tradicional, permitiendo expandir la base y el alcance del impuesto para también incluir este tipo de derivados que pueden ser igual de nocivos para la salud.


En adición al incremento del ISC para el alcohol y el tabaco se debe ponderar la introducción de un impuesto similar a la venta de billetes de lotería. Actualmente hay un impuesto específico que aplica a las ganancias en los juegos de lotería, pero queda espacio para gravar la acción de participar en estos, pudiéndose gravar con una tasa de 20% o más la compra de billetes de lotería.


Con más de 70,000 bancas de lotería registradas en el país, aplicar un ISC a las actividades realizadas en estas no sólo pudiera ser altamente beneficioso para la recaudación del Estado, sino que permitiría un mejor seguimiento del cumplimiento tributario de estas, lo que al día de hoy ha probado ser una tarea muy difícil para la administración tributaria.


El ISC ha probado ser un impuesto efectivo y de relativamente bajo costo de cumplimiento para el Estado que hoy representa uno de los más importantes en el total de sus recaudaciones. Si bien entiendo que hay espacio para aumentar algunos de los ya existentes e incluso extenderlo a otros bienes y servicios en la economía, también creo que una reforma fiscal debe aprovechar para eliminarlo sobre servicios como los seguros, telecomunicaciones y transferencias bancarias, donde este no sólo no sirve para recaudar mucho sino que opera como una distorsión innecesaria.


 
 
 
  • Writer: Orlando Gomez
    Orlando Gomez
  • Jan 10, 2023
  • 2 min read

Impuesto Sobre la Renta: Personas jurídicas


En mi artículo anterior abordé el Impuesto Sobre la Renta (ISR) para personas físicas planteando una nueva escala que implicaría un aumento significativo de impuestos para la clase alta y media que tenderían a elevar los ingresos del Estado por ese concepto. En esta ocasión propongo una reducción importante en el ISR para personas jurídicas, que atienda a nuestra realidad como país pequeño con una economía emergente.


Los ingresos por concepto de ISR a personas jurídicas hoy en día son un componente muy importante del total de los ingresos del Estado, por lo que el aumento en el ISR a personas físicas propuesto anteriormente se hizo en consideración a esta propuesta de reducción en el ISR a personas jurídicas.


La tasa del impuesto debe ser reducida un 2% cada año desde el 27% que es actualmente hasta terminar entre 15% y 10%. El objetivo de la reducción del impuesto, y los ingresos del Estado por este concepto en el corto plazo, es estimular las inversiones en la economía y la formalización, apuntando a un círculo virtuoso donde la reducción de los ingresos por ISR a personas jurídicas impulse un incremento en los ingresos vinculados el ISR a personas físicas como resultado de la reducción de los costos fiscales en las MIPYMES y corporaciones.


Se sugiere una reducción escalonada de la tasa para permitir que el Estado tenga un tiempo para adaptar su estrategia de recaudación, pueda recibir ingresos adicionales que resulten de las inversiones realizadas en anticipación de las nuevas tasas, y para que tenga espacio para realizar cualquier ajuste necesario en caso de cualquier contingencia en la economía durante la transición hacia la nueva tasa.


Adicionalmente sugiero permitir que la deducción de las pérdidas de un período pueda ser realizada hasta un tope de 50% del total de la mismas en cualquier período fiscal hasta 5 años de haberse reportado la misma, así como extender la aplicación del 100% de las pérdidas del primer período fiscal de las empresas nuevas hacia el segundo y tercer período fiscal, para movilizar mayores inversiones hacia los nuevos emprendimientos. Más aún, es importante tener mayor claridad en la ley sobre la deducción de los gastos en investigación y desarrollo y la forma en que estos pueden ser aplicados, reduciendo la discrecionalidad de la Administración Tributaria sobre su definición.


De ejecutarse esta propuesta, la República Dominicana tendría la menor tasa de ISR a personas jurídicas en América Central pero seguiría teniendo de las más altas en el Caribe, con el beneficio de ser la mayor economía en esta última región. Esto pudiera ser decisivo para movilizar el capital interno y atraer capital desde el exterior, en especial desde Latinoamérica, lo que pudiera tener un impacto positivo en nuestra economía, la oferta de empleos y una mejoría palpable en la calidad de los salarios. Comprendiendo el sacrificio fiscal que implica para el Estado, debe ejecutarse en conjunto con otras medidas que mitiguen ese impacto en el largo plazo, lo que seguiré abordando en las siguientes propuestas de caras a la eventual reforma fiscal.


 
 
 
  • Writer: Orlando Gomez
    Orlando Gomez
  • Jan 3, 2023
  • 2 min read

Updated: Jan 4, 2023


Impuesto Sobre la Renta: Personas físicas.


Tiendo a estar de acuerdo con la idea de que la presión tributaria, que se mantiene holgadamente por debajo del 15% del PIB, es baja y que la reforma fiscal es inevitable para luego del ciclo electoral que se avecina. Teniendo eso en consideración, concentraré mis próximas propuestas en cambios impositivos empezando por el Impuesto Sobre la Renta (ISR) de personas físicas.


El 2022 va a cerrar con una recaudación record por concepto de ISR de personas físicas, al haberse recaudado más de $72 mil millones a octubre, excediendo todo lo recaudado en el 2021. Este impuesto se recauda con 4 escalas de ingresos, la primera de ingresos hasta $416,2020 que está exenta, luego los ingresos entre RD$416,220.01 hasta RD$624,329.00 que pagan un 15%, una tercera para los ingresos entre RD$624,329.01 hasta RD$867,123.00 que paga 20%, y por último todos los ingresos en exceso de $867,123 que pagan 25%. Esta escala, en teoría, debe ser ajustada anualmente por la inflación, sin embargo han pasado más de 5 años desde que se realizó el último ajuste, lo que perjudica a los contribuyentes, en particular a los de menor ingreso.


Lo que implican estas escalas es que hoy en día el que gana $70,000 pesos mensuales está en la misma escala impositiva que quien recibe $500,000 pesos mensuales, lo que da espacio para adecuar y lograr mayores recaudaciones por esta vía ajustando las escalas y aumentando la tasa impositiva en especial a las personas que más ganan.


Complementando con mi propuesta de hace unos meses de implementar una tasa de ISR negativa para personas de bajos ingresos en sustitución de todos los programas de subsidio, sugiero una escala que empiece con -20% para ingresos menores a $150,000 y de -10% para ingresos menores a $300,000, luego todos los ingresos desde $300,000 hasta $1,500,000 pagarían 20% y los mayores a $1,500,000 pagarían un 35%, haciéndose el ajuste anual por inflación a esta escala.


Esto produciría un aumento sustancial de las recaudaciones por concepto de ISR a personas físicas, y lo llevaría a ser un punto central del enfoque del fisco. La introducción de la tasa negativa por su lado estimularía a la formalización del enorme sector informal, ya que todos los trabajadores necesitarán reportar sus ingresos a los fines de percibir ese beneficio. Esto daría espacio al Estado para bajar notoriamente el ISR que hoy aplica a personas jurídicas y reducir su dependencia en ese impuesto que tiende a ser nocivo para la economía, el clima de negocios y la formalidad.


Esta es la primera de varias propuestas entorno a una eventual reforma fiscal, por lo que sugiero la lectura de estas como parte de un todo. Claramente este propuesta de incrementar el ISR sobre personas físicas va a tender a tener impacto en las personas de ingresos medios, y aún más significativo en las de ingresos altos, pero lo entiendo necesario para que el Estado pueda seguir manteniendo sus compromisos sociales y financieros, considerando las siguientes propuestas que sí implicarían una significativa reducción en otros impuestos.


 
 
 

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