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  • Writer: Orlando Gomez
    Orlando Gomez
  • Mar 2, 2023
  • 2 min read

Eliminando el anticipo al Impuesto Sobre la Renta


En el llamado “paquetazo fiscal” del 2001 se introdujo una de las figuras más criticables de nuestro Código Tributario, el pago del anticipo del Impuesto Sobre la Renta. Esta carga se introdujo en un contexto que dista mucho del actual, y el mal que produjo en aquel entonces ya no tiene justificación en el presente, por lo que una próxima reforma fiscal debe considerar eliminar esta figura que nunca debió haber existido.


El pago del anticipo del ISR, al exigir el pago de un impuesto en el presente basado en los resultados de un período fiscal anterior, pone sobre el contribuyente la carga de pagar una obligación tributaria que aún no se ha materializado. Esta obligación es particularmente devastadora para las MIPYMES que deben hacerle frente con la poca liquidez que cuenten, limitando no sólo su capacidad de crecimiento sino, en muchos casos, llevarles directamente al cierre.


El anticipo surgió en la República Dominicana del 2001, cuando el mercado local de deuda del Estado era virtualmente inexistente y el grueso de la liquidez estatal dependía de préstamos bilaterales con otras naciones y organismos internacionales. Fue precisamente la liquidez del Estado la sola excusa que justificó la introducción del anticipo.


La República Dominicana del 2023 es un país con acceso a los mercados internacionales de deuda soberana y adicionalmente cuenta con un mercado interno en franco crecimiento. En los últimos años el Estado dominicano se ha venido congratulando por la demanda que genera su deuda en inversionistas locales e internacionales, y ha estado en una marcha contínua en mejorar la calificación de la misma hasta llegar al borde de alcanzar el grado de inversión.


Es evidente que el Estado dominicano tiene capacidad de sobra para atender sus necesidades de liquidez valiéndose de los mercados que hoy demandan su deuda soberana, por lo que la razón detrás del anticipo ya no existe.


Más aún, es importante que el anticipo se elimine para seguir mejorando la perspectiva de liquidez a través de deuda soberana, facilitando la ampliación de la base de contribuyentes por virtud de quitar uno de los desincentivos más importantes de la formalización de nuestra economía y un canibalizador de nuestras MIPYMES.


El Estado dominicano ya está en la posición de poder eliminar una de las figuras tributarias más distorsionantes de la productividad de nuestra economía y es oportuno que lo haga a la mayor brevedad para dar un verdadero espaldarazo al sector MIPYMES el cual ha mantenido en su foco de atención de en los últimos 10 años con sobradas razones.


 
 
 
  • Writer: Orlando Gomez
    Orlando Gomez
  • Feb 22, 2023
  • 2 min read

El impuesto sobre transferencias de bienes y servicios.


En el escenario de una eventual reforma fiscal el tema del ITBIS tenderá a ser uno de los focos principales. El ITBIS es el impuesto de mayor recaudación, representando este por si solo el 30% de las recaudaciones del Estado, pero al mismo tiempo supone el impuesto que genera el mayor gasto tributario al representar el 55% de las exenciones estimadas para el 2023. Lo que se suma al hecho de que es un impuesto políticamente cargado por aplicarse directamente al consumo de bienes y servicios en la economía con un impacto social directo, todo lo que tomo en consideración en esta propuesta.


Primero que nada entiendo que debemos empezar por cambiar el nombre del impuesto de ITBIS a Impuesto al Valor Agregado (IVA), tanto en la nomenclatura como en la forma del cálculo. En términos prácticos no son tan distintos, pero es importante hacer el ajuste para evitar confusiones en particular para visitantes e inversionistas extranjeros que no están familiarizados con el término y pudieran asumir un tratamiento distinto por el nombre del impuesto, una confusión que es innecesaria.


Desde hace un buen tiempo en relación a este impuesto se ha venido hablando de reducir la tasa y ampliar la base, y en gran medida estoy de acuerdo con ese planteamiento, pero se debe tener en cuenta el impacto de esto en los precios en la economía por lo que cualquier ampliación de la base acompañada de una variación de la tasa debería ser escalonada para permitir que el mercado se adapte al cambio, y adicionalmente se debe tener cuidado hacia donde se estaría ampliando la base.


Hay espacio para aplicar el impuesto sobre algunos servicios que hoy están exentos como algunos modos de transporte terrestre, los servicios de salones y peluquerías y los servicios funerarios, pero no diría lo mismo para servicios en educación, salud, alquiler de viviendas, electricidad, agua, recogida de basura, entre múltiples otros. Por igual, todos los servicios que hoy tienen una tasa diferida se pueden igualar a la tasa estandarizada, y la mayoría de los alimentos que hoy están exentos pueden empezar a ser gravados, eso dicho, se debe tener cuidado con no gravar los medicamentos y tratamientos de salud no estéticos.


Viendo lo anterior, entiendo que sería prudente reducir la tasa del 18% actual a la media regional de 15%, y que esta sea única para todos los bienes y servicios gravados. Dicho lo anterior, entiendo prudente que el ajuste tanto de los bienes exentos así como los de los que actualmente se encuentran gravados se extienda por un período de al menos 5 años hasta alcanzar la tasa definitiva de 15%, para así evitar choques en la economía o en los niveles de recaudación del Estado.


La reforma del ITBIS (IVA) tenderá a reducir de forma significativa el gasto tributario del Estado que hoy representa más del 4% del PIB y a equiparar la presión tributaria en nuestra economía a las de otros países en la región. Esto debe venir acompañado de la implementación ampliada de la facturación electrónica para también poder reducir los niveles de evasión del pago de este impuesto, que es un reto importante en la capacidad recaudatoria del Estado que ya ha sido considerada y está empezando a ser atendida por la Administración Tributaria.


 
 
 
  • Writer: Orlando Gomez
    Orlando Gomez
  • Feb 14, 2023
  • 2 min read

Retenciones en el sistema financiero.


En un artículo anterior ya había sugerido la eliminación del impuesto sobre transferencias bancarias y cheques, ya que su baja recaudación no justifica las distorsiones que crea en nuestra economía creando una barrera en la bancarización y estimulando aún más la informalidad. Continuando con mis propuestas enfocadas a una eventual reforma fiscal, sigo enfocándome en otros impuestos y retenciones que actualmente están afectando al sistema financiero.


El primero de estos es la retención de 1% en los intereses pagados a personas jurídicas y el 10% a personas físicas por concepto del impuesto sobre la renta. La existencia de estas retenciones, similar al impuesto sobre las transferencias y cheques, crean una distorsión importante en el sistema financiero y las dinámicas de ahorro en el país.


Este impuesto es particularmente lesivo para las personas físicas que en su inmensa mayoría no pueden descontar esta retención de su impuesto de la renta por ser asalariados y no hacer declaraciones anuales. Como alternativa sugiero facilitar un proceso de declaración de ingresos adicionales por parte de asalariados en los que estos paguen por dichos ingresos a partir de cierto umbral.


Implementar esta sugerencia no solo podría implicar un aumento sustancial de las recaudaciones, sino que le permitiría al Estado reducir su dependencia a este tipo de retenciones que utiliza a modo de captación de información de los ingresos de los contribuyentes en desmedro de la bancarización y la salud del sistema financiero.


De similar forma se debe considerar la eliminación de las retenciones por los pagos y el pago de intereses a personas o entidades en el extranjero, que actualmente ascienden a 27% y 10% respectivamente. Esto, en la práctica, suele suponer un incremento de los costos para el que hace estos pagos desde la República Dominicana que por lo general debe netearlos para que el beneficiario en el extranjero reciba el mismo dinero que inicialmente esperaba recibir si no existiera la retención, lo que opera en detrimento del pagador y de nuestro país. En el caso específico de las entidades de intermediación financiera que utilizan créditos del extranjero para financiar operaciones en el país, esto provoca un incremento sustancial en el costo del crédito para los actores económicos locales.


Desde la perspectiva de la Administración Tributaria los impuestos y retenciones en el sistema financiero suelen ser muy atractivos, ya que por la naturaleza de la actividad estas entidades tienden a ser mucho más transparentes en sus operaciones e invierten significativamente en el cumplimiento de sus obligaciones, en especial las tributarias. Eso dicho, el Estado debe cuidar no sucumbir a la tentación de cargar las operaciones del sistema financiero con impuestos y obligaciones de retención porque estas tenderán a permear en toda la actividad económica del país como una distorsión, y por el contrario debe buscar activamente su desmonte para estimular la formalización y bancarización, algo que en el largo plazo servirá dinamizar la economía, generar más empleos, promover mejores salarios y para aumentar las recaudaciones en su propio beneficio.


 
 
 

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